La vivienda familiar suele ser el patrimonio más importante de una persona y, al mismo tiempo, el más expuesto. Una deuda comercial, una garantía firmada por un tercero o un revés económico inesperado pueden poner en riesgo el techo de toda una familia. Frente a eso, el Código Civil y Comercial ofrece una herramienta simple y poderosa: la afectación de la vivienda, regulada en los artículos 244 a 256.
Al inscribir el inmueble bajo este régimen, la vivienda queda protegida frente a los acreedores por deudas posteriores a la afectación. Es decir: quien planifica a tiempo blinda su casa antes de que aparezca el problema, no después. Puede afectarse la totalidad o una parte del valor, y beneficiar al propio titular y a su familia.
La clave está en el "antes". La protección no alcanza a las deudas anteriores a la inscripción, de modo que la herramienta rinde cuando se usa con previsión, como parte de una estrategia patrimonial ordenada y no como reacción de último momento.